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另一国际大型机构网站以西班牙文长篇登载1中国汉阳监狱64良心犯集中营虐待本人及诸难友以及本人与诸难友反虐待事件的文件 http://www.cajpe.org.pe/RIJ/bases/mecanism/tortura8.htm
Información transmitida al Gobierno y respuestas recibidas al respecto
89. En carta de fecha 15 de julio de 1994 el Relator Especial notificó al Gobierno que había recibido información según la cual persistía la práctica de tortura y otras formas de trato inhumano y degradante contra personas recluidas en centros de detención, prisiones o campos de trabajo en toda China, pese a la prohibición de esos tratos conforme a la legislación china. Se afirmó que esa práctica se empleaba como medio de extraer confesiones o de intimidar o castigar a presos.
90. Para presentar una denuncia de tortura durante el período de reclusión incomunicada se ha de acudir a funcionarios de la policía y de prisiones, y se afirmó que este requisito disuadía a la mayoría de los detenidos y presos de presentar tales denuncias. Aunque de la investigación de las denuncias por tortura es responsable la procuraduría, se afirmó que los procuradores solían ignorar esas denuncias debido a que una investigación podría plantear un conflicto de intereses con el papel del procurador como fiscal del Estado en asuntos penales. A este respecto, se dijo que la necesidad de que los procuradores cooperaran estrechamente con la policía servía para desincentivar la investigación de denuncias por tortura. En consecuencia, se informó de que se habían llevado a cabo pocas investigaciones o procesamientos por denuncias de tortura.
91. Entre los métodos más frecuentes de tortura que se notificaron estaban los golpes o azotes fuertes, la utilización de aguijones eléctricos de los que se utilizan para acarrear el ganado para provocar descargas eléctricas y el encadenamiento con esposas o grilletes, muchas veces muy apretados y con el cuerpo de la víctima en una posición dolorosa. En las prisiones que funcionaban también como campos de trabajo, se notificó que las condiciones de trabajo eran físicamente agotadoras y que a veces constituían una amenaza para la salud y la seguridad de los presos. Personas detenidas por motivos políticos habrían sido sometidas a un trato especialmente brutal.
92. Se informó de que la prisión de Hanyang, en la provincia de Hubei, mantenía en deficientes condiciones a muchas personas detenidas por motivos políticos. Se dijo que los presos no recibían ni alimentos ni atención médica suficientes y que estaban sometidos a trabajos forzados agotadores y a diversas formas de abusos físicos. La violación de las normas de los presos supondrían frecuentemente castigos severos, como atar con esposas a la espalda las manos del preso. Se notificó que muchos presos estaban enfermos o malnutridos.
93. Se notificó asimismo que las condiciones de trabajo en Hanyang eran sumamente duras. Se señaló que los capataces daban patadas y golpes, por errores menores en el trabajo, a los recién llegados que habían sido detenidos por motivos políticos. En la octava brigada, donde los presos producen productos de politeno, los presos se verían obligados a permanecer entre gases y polvo tóxicos, con las manos protegidas únicamente por guantes de goma, y a torcer productos de plástico sobre una llama a 180°. Los presos, muchos de los cuales tendrían las manos cubiertas de ampollas, trabajaban al parecer más de ocho horas al día y muchas veces por la noche bajo temperaturas extremas.
94. El Relator Especial transmitió asimismo los casos individuales que se resumen en los párrafos siguientes, y el 4 de noviembre de 1994 el Gobierno envió respuestas relativas a algunos de esos casos.
95. Shi Hanlin, que estaba gravemente enfermo antes de ser encarcelado, fue sometido presuntamente a largas jornadas de trabajo en la fábrica de la prisión de Hanyang y recibió fuertes golpes. Se dijo que había sufrido un colapso en un banco de trabajo y que padecía edema, pero se le negó el tratamiento médico. Las autoridades de la prisión arguyeron al parecer que estaba fingiendo que se encontraba enfermo para no tener que trabajar.
96. El Gobierno contestó que Shi Hanlin había cumplido su condena y había sido puesto en libertad, sin que sufriera tortura ni malos tratos en la prisión.
97. Sun Sanbao, Jiang Pinchao, Lin Zhiyong, Feng Haiguang y Lu Xiangwen fueron sometidos presuntamente a malos tratos en agosto de 1991 debido a sus protestas por las condiciones de trabajo y el trato a los prisioneros en Hanyang. El 20 de agosto, Sun Sanbao, pese a estar seriamente enfermo, fue obligado a trabajar en una máquina, presuntamente como represalia por protestar contra los malos tratos a que se sometía al preso Lu Xiangwen. Al día siguiente, Sun Sambao habría sido recluido en aislamiento por "resistirse a la reforma a través del trabajo". Jiang Pinchao y Lin Zhiyong, que se negaron a trabajar como protesta por el trato infligido a Sun Sanbao, habrían sido golpeados en la espalda y piernas con látigos y porras eléctricas de la policía durante cuatro horas y después obligados a estar de pie con los brazos levantados y pegados a un muro durante tres horas. Tras desmayarse, fueron presuntamente arrastrados por el suelo de las manos, lo que hizo que Jiang Pinchao perdiera las uñas de los dedos de los pies, esposados y mantenidos en aislamiento dentro de una jaula. El 22 de agosto, tras protestarle al guardia que vigilaba su trabajo, Feng Haiguang fue presuntamente golpeado durante ocho horas, lo que hizo que se le hincharan las piernas y le resultara imposible caminar o estar sentado derecho. Después fue recluido en régimen de aislamiento y sometido a nuevas agresiones con látigos y porras eléctricas, lo que le produjo más de 30 heridas distintas. Tras los incidentes, los cinco presos habrían sido encerrados durante tres meses en "celdas de castigo" frías, donde estuvieron mal nutridos, fueron periódicamente torturados y tuvieron que realizar trabajos penosos, entre ellos transportar al menos 10.000 ladrillos cada día.
98. El Gobierno contestó que Jiang Pinchao, Lin Zhiyon y Feng Haiguang habían cumplido sus condenas y habían sido puestos en libertad, sin que sufrieran tortura o malos tratos en la prisión. En cuanto a Sun Sanbao, mientras cumplía su condena tuvo un eccema, recibió tratamiento hospitalario y se recuperó por completo. Había expresado su satisfacción y gratitud por la escrupulosidad de la prisión, la rapidez con que se le había prestado atención médica y la humanidad con que se le había tratado mientras estuvo enfermo.
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